Garantice su seguridad con órdenes de protección
Las disputas domésticas son complicadas y, por desgracia, siguen ocurriendo casos de violencia doméstica. Las víctimas de violencia tienen recursos legales a los que pueden recurrir para protegerse. Estas órdenes están destinadas a disuadir a los perpetradores de acercarse a la víctima de cualquier manera y darles protección bajo la ley con la capacidad de llamar a la policía si se violan los términos de la orden.
Aquí en Las Oficinas Legales de Ríos & Parada, PLLC ayudamos a las personas que temen por su seguridad a utilizar la ley para protegerse a sí mismos y a sus seres queridos mediante la obtención rápida de una orden de protección.
Las órdenes más comunes de violencia doméstica ordenarán a un abusador que no lo lastime, amenace o acosen a usted o a sus hijos, que se mantenga alejado de su casa, lugar de trabajo y escuela de niños, también puede ordenar a una persona que no lleve un arma, incluso si tiene una licencia. Los tres tipos diferentes de órdenes incluyen:
- Ordenes de Protección de Emergencia: En muchos estados, cuando la policía llega a una disputa de violencia doméstica, requieren o solicitan que una de las partes abandone el hogar. A menudo esta persona, el abusador percibido, es removida y la víctima está autorizada con una orden de protección de emergencia. Esta es una orden de protección a corto plazo.
- Ordenes de protección: Se trata de una orden de protección a largo plazo que puede extenderse hasta cinco años. Puede haber una disposición diferente a una orden de protección.
- Ordenes de restricción: Estas órdenes impiden que las partes de la demanda hagan o no hacer ciertas cosas.
Circunstancias para las órdenes de protección
En la mayoría de los casos, las órdenes de protección están asociadas con el acoso de algún tipo o violencia doméstica. Hay diferentes tipos de órdenes de protección y sirven para varios propósitos. Existen varias disposiciones para solicitar una orden de protección, entre las que se incluyen las siguientes:
Sin disposición de contacto: Esto prohíbe al abusador ponerse en contacto de cualquier manera (llamadas telefónicas, mensajes de texto, acechones, correo electrónico, etc.) a la otra persona.
Disposición de contacto pacífico: Esto permite que el abusador se comunique pacíficamente con la víctima.
Disposición De permanecer lejos: Esto ordena al abusador que se mantenga una cierta cantidad de yardas o pies de distancia de la víctima.
Disposición de mudanza: Esto requiere que el abusador se mude o salga de la casa que comparten con la víctima.
Disposición de armas de fuego: Esto evita que el abusador compre un arma de fuego.
Disposición de consejería: Esta disposición ordena al abusador que asista a algún tipo de consejería y puede incluir el manejo o la intervención de la ira.
Cumplimientos — Asegurándose que se cumplan los términos
La aplicación de la ley está obligada a hacer cumplir los términos de las órdenes cuando se rompen. Si una persona mueve residencias o sale del estado, la policía está obligada a mantener la orden de protección de otro estado.
Protéjase con la ayuda de un abogado de confianza
En las Oficinas Legales de Ríos & Parada, PLLC, entendemos que los casos de violencia doméstica no son fáciles, pero usted puede verse obligado a tomar medidas duras para su protección y la protección de sus seres queridos.
Si usted está lidiando con violencia doméstica o teme que su vida esté en peligro, llámenos hoy al 915-532-2333.
Protéjase Con Abogados de Experiencia
En las oficinas de Rios & Parada, PLLC, entendemos que los casos de violencia doméstica no son fáciles pero usted puede tomar pasos para protegerse. Si usted a tenido un incidente de violencia doméstica, háblenos hoy al 915-532-2333 o visite nuestras oficinas en El Paso en 1505 E Missouri Avenue, El Paso, TX 79902.